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La Coctelera

franciscofenoy

12 Abril 2011

A LAS ASOCIACIONES DE VECINOS

 

A LAS ASOCIACIONES DE VECINOS

 

Para que reivindiquen ante el Mº de Justica o a cualquier otra Institución con la fuerza necesaria para que pueda llevarse a cabo una ley más democrática para las comunidades de vecinos. Yo mandé un escrito sobre lo mismo al Mº de Justicia y pasó el plazo y ni siquiera se han molestado en contestar: para lo cual le pagamos a través de los impuestos su manutención, y con mejor nivel de vida que la propia nuestra. Porque con la actual ley, al no tener los mismos derechos cualquier comunitario que el presidente, aparte de que se crea una ley elitista, trae con ello desajustes, en los cuales el administrador con presidentes pasotas o manejables o en comunión con el propio administrador, en crear irregularidades en las cuentas o de movimientos en dichas cuentas de la comunidad, en provecho propio, como hay ejemplos. Es decir, pedir que la ley, cualquier comunitario tenga el mismo derecho en cuanto a demandas que el presidente y que éste no vaya más allá su cargo de mero coordinador.

Adjunto pruebas del mal funcionamiento con la ley actual: El 3 de marzo de 2011, mando escrito: AL COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID

Francisco Fenoy Rodríguez. DNI: 02153462h. Domicilio en la calle, Virgen del Sagrario, 12-4º-3. DP: 28027-Madrid. Tef. 649 013 660.

Les presento esta documentación por si fuera objeto de algún tipo de medida deontológica, contra el administrador colegiado 3554 Don Francisco José Carmona.

 

1º.- En el acta de la junta ordinaria de fecha 17 de marzo de 2010, (Prueba, 0) No le apruebo las cuentas, porque en la anterior acta hay un error de 1.602,27 €.  Acta, Madrid, 12 de febrero de 2008, (Prueba, 1) en la parte de gastos fachada, se paga la primera cuota el 25 %=7.441,85 €. Es decir, la cuarta parte del total. Con lo que tenemos que 7.441,85X4=29.767,4 €, que supone el total de la obra. En la acta señalada viene que se ha pagado un total de 20.207,45 €. En la siguiente acta, Madrid, 27 de febrero de 2009, (Prueba, 2) en la sección gastos fachada, viene un total cobrado de 11.162,70 €, si sumamos los totales pagados, es decir los de las dos actas, tenemos: 20.207,45+11.162,70=31.370,15 €. Y la obra según acta, es de 29.767,4 €, y nos han cobrado 31.370,15 €, hay una sustracción de 1.602,27 €. Esto se lo dije en la asamblea y me contesta que, como fue aprobada, no quiere saber nada del asunto, es decir que el mismo reconoce la falta. De una persona que reconoce su falta y no la repara y no pide perdón, deja de ser honrada.

 

2º.- En la factura de la empresa Control y Tensión, no coinciden las cuentas. Según el presupuesto del acta del administrador, viene señalado, (Prueba, C-D) 33.684 €, más IVA. En esas fechas de 7/09/07 el IVA en las reformas de casa por obra era del 16 %. Con lo que suma el total de la obra: 39.073,44 €. Se ha pagado el primer pago a cuenta a fecha 17-12-07, 18.000 €, según acta del 12 de febrero de 2008, casilla obra de electricidad. Y el resto según esa misma acta entre las fechas 20-02-08 y 24-04-08, cerrándola como finiquito, en el apartado obra de electricidad con 23.684,16 €. Si sumamos el total pagado seria: 18.000+23.684,16=41.684,16 €. Si a esta cantidad que ha pagado en total, se le resta la cantidad de la factura, es decir a, 41.684,16-39.073,44; nos queda un saldo, que falta en nuestras cuentas de 2.610,72 €.

 

3º.- En el acta, Madrid, 10 de marzo de 2.010. En la sección varias- reparación cubierta de tejas, sellado canalón y trabajos de pintura en Pisos... 586,50 €. Según la presidenta de turno, dijo, que le había dicho el administrador, que por esa obra no le cobraban nada a la comunidad porque correspondía a desperfectos ocasionados por la obra de la fachada y eran a cargo de dicha constructora. Hechos que se desmiente con este cobro. (Prueba, 5)

 

4º.- Igualmente en esa misma asamblea ordinaria de 17 de marzo de 2.010, se le dijo al administrador, que para qué queríamos un depósito prácticamente del 100 %, cuando la mayoría estamos con la pensión mínima. Contestó porque suele haber gastos y que acababa de pagar una factura de 12.000 y pico de €. Por los planos de un arquitecto. La verdad, no comprendo a qué vienen los planos de un arquitecto a esta comunidad, y sin ningún previo aviso de que lo necesitáramos.

 

5º.- En la junta extraordinaria de 15 de noviembre de 2.010, se aprobó un presupuesto de rampa, en la que el administrador, dijo que el hablaría con la empresa y nos cobrarían unos mil € por la licencia de obra. Según el vicepresidente, se ha informado con los que han realizado la obra de la rampa, con el portal, 10 y 20, y no han pagado ni un céntimo por la licencia de la obra, solo han pagado lo que marca la factura, y sin ser inflada, una vez terminada la obra.

 

6º.- Como igualmente da los dígitos de las cuentas de la comunidad a las empresa que sus amigas le hacen facturas, sin dar de ello conocimiento al presidente.

 

7º.- Según el presidente a fecha, el administrador en la noche del 10 de enero sobre las doce de la noche, se le presentó en su casa, borracho e insultándole y amenazándole delante de la mujer y de niños pequeñitos. Esto de los insultos y amenazas, no es nuevo. En esta comunidad cuando no consigue sus objetivos, suele llamar por teléfono a los opositores para insultarlos y amenazarlos. Historial que tiene ya a sus espaldas, porque así salió cesado de la comunidad del 9 y de la del 18, de esta misma calle de la Virgen del Sagrario, por cierto, la comunidad del 9 se ofrece como testigos, y la del 18, sino se ha ofrecido, creo que darían testigo de ello. 

 

8º.- Punto que en cierto modo enlaza con el anterior, en cuanto que, si no sale lo que marca su línea en la asamblea, puesta dicha línea por un par de amiguitas, (las revienta asambleas) luego en las actas, viene reflejado lo que han dicho sus amiguitas, sin ni siquiera ser votado. Y si esas acta se les refuta, ya por escrito y por fax, se niega a recogerlos. (Prueba, 3) (Prueba, D) Más se niega a dar el libro de actas al presidente.

 

9º.- El administrador sabe mejor que nadie, porque conoce la colonia por haberse criado y vivir que los tiros de la chimenea, por ser parte del edificio, no se pueden eliminar, aún sin que estos se usen. Pues este señor, le ha recomendado a una vecina que los elimine, dejando a un comunitario, sin calefacción. (Prueba, 5b).

 

Les pido que tomen en consideración lo expuesto.

 

Atentamente                                                                                Madrid, 3 de marzo de 2011       

 

Y el 9 de marzo me contestan: Registro de Salida nº 1754. No puede ser atendido, porque carece de conocimiento de presidente - como se comprenderá por el punto 7 del escrito que dirijo al Colegio, este presidente no solo para su caso personal es un pasota, sino para cualquier otro asunto relacionado con la comunidad, simplemente por miedo a enfrentarse a las dos amigas revienta asambleas del administrador- Con lo que me demuestra el Colegio, al poner dicha pega, que su código ético, pertenece a una secta en lugar de a unos derechos humanos, porque, según su propio  código deontológico: son deberes y normas éticas que califica de buenos o malos los actos humanos; queda desmentido, porque si el escrito se lo manda una persona, alta rubia y con ojos azules: el presidente, si se molesta en estudiarlo, pero si se lo manda una persona pequeña moreno o negro, lo archiva; con lo que deja de calificar esos actos humanos. Y sobre el punto en los desacuerdos a cuentas, me contesta con una larga cambiada: que tiene que revisarlo una auditoría oficial, Cuando en el punto 1 que le envío con el escrito, expongo que el mismo administrador admite esa falta de dinero, pero como se aprueba se llama andanas. Y de ese mismo punto como del 2 y 3, no es necesaria una auditoría, porque no hay que investigar nada, ya que viene todo señalado en las mismas actas del propio administrador. Sobre el punto 4 que sería un movimiento de cuentas ajeno a los movimientos propios de las cuentas de la comunidad, aquí, con permitir- al ser el presidente un pasota- dichos movimientos de las cuentas por un comunitario, que sería más democracia y menos elitismo.

Ante tales respuestas, me informo con otros administradores y abogados que están en despachos de administradores y me dicen, que los desajustes en cuentas de las actas de los administradores, aunque hayan sido aprobadas, tienen para su reclamación una vigencia de 5 años.

Entonces me dirijo al Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid. Diligencias Previas Proc. Abreviado 6350/ 2010. Y me contesta: Que no existe ningún hecho que reviste el carácter de estafa. Es decir que las pruebas que en escrito presento: 1,2, y 3 que incluso la 1 es admitida por el propio administrador no valen. Y añade además, que el denunciante carece de legitimidad activa para interponer denuncias en nombre de la comunidad. En la primera contestación del juez o el lleva la razón o la llevan los administradores y abogados consultados o la ley no la tienen clara unos y otro. Y en la segunda contestación, es por lo que pido que la ley deje de ser elitista y se haga democrática. Porque una ley no democrática trae corrupción y por tanto envenenamiento y desunión entre las comunidades. Con lo que perjudica a la base de la sociedad para una unión en sus reivindicaciones, para una mejor calidad de vida ciudadana. Así que si algunos de vosotros, conoce donde ir además de los ya citados me lo comunique, más que Vs mismos luchen por leyes democráticas, ante todo, las que corresponden a la base de la sociedad y a su buena convivencia.

Francisco Fenoy

 

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Sobre mí

Francisco Fenoy Rodríguez Nacido en Almería en 1941 y residente en Madrid, desde 1954. Autodidacta en la prosa y en el verso. Ha publicado tres ensayos, basados en el pensamiento social y cuatro poemarios, en lírica, satírica, sarcástica y épica y otro que se presenta nuevo en esta Web, de corte dramático. Como igualmente artículos. Contacto: correo-e:franfenoy@yahoo.es C:\Documents and Settings\franciscosegundo\Mis documentos\PROSA-VERSOS ARTÍCULOS-B\

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